Oficio Comité Coordinador 11 junio 2019

Cuernavaca, Morelos a 11 de junio de 2019.

INTEGRANTES DEL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA

ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE MORELOS.

P R E S E N T E:

Por medio del presente y derivado de la actuación del Presidente del Comité de Participación Ciudadana, el cual les ha enviado sendos proyectos sobre la celebración de dos sesiones:

  • La primera de ellas con el objeto de realizar la instalación del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.

  • La segunda, con el objeto de realizar la instalación de la Secretaria Ejecutiva como apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos y la aprobación del Estatuto Orgánico de la Secretaria Ejecutiva, por otro lado, dentro de los asuntos generales, el Presidente del Comité de Participación Ciudadana, somete a votación que se fije fecha próxima a efectos de nombrar al Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva.

Derivado de lo anterior, es necesario hacer de su conocimiento que el Presidente del Comité de Participación Ciudadana, se ha negado a recibir físicamente aún enviando por DHL, oficios de los suscritos, por lo que la notificación se realizó via WhatsApp y correo electrónico, en el primero solicitamos se lleve a cabo la primera sesión del Comité de Participación Ciudadana, lo anterior con la finalidad de acordar los lineamientos y las bases para que se lleve a cabo el proceso de designación del Secretario Técnico, el segundo turnado a ustedes de fecha 6 de junio de 2019..

Si bien es cierto, la fracción VI del artículo 12 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos establece que son atribuciones del Presidente del Comité Coordinador, proponer al órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva (integrado por los miembros del Comité Coordinador, presidido por el Presidente de Participación Ciudadana), el nombramiento del Secretario Técnico.

También lo es, que el artículo 35 de la misma ley, establece lo siguiente:

Artículo 35. El Secretario Técnico será nombrado y removido por el órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva, por el voto favorable de cinco de sus miembros. Durará cinco años en su encargo y no podrá ser designado nuevamente.

Para efectos del párrafo anterior, el Presidente del órgano de gobierno, previa aprobación del Comité de Participación Ciudadana, someterá al mismo una terna de personas que cumplan los requisitos para ser designado Secretario Técnico, de conformidad con la presente Ley. …..

Es decir, antes de realizar algún acto para la designación del Secretario Técnico, el Presidente del Comité de Participación Ciudadana, requiere la aprobación de la terna por el órgano colegiado, es decir, de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, por lo tanto, cualquier actuación que desee realizar por sí solo, resultaría contrario a derecho y por lo tanto, ilegal.

Por otra parte, se observa que en la propuesta de la segunda sesión del Comité Coordinador, se establece la instalación de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, así como, la aprobación del Estatuto Orgánico de la Secretaria Ejecutiva, en el cual en la parte final, refiere a que imprime la rúbrica del Secretario Técnico, cuando hasta el momento no se ha realizado dicho nombramiento, tan es así que en la misma sesión se solicita la aprobación de la fecha para su designación.

Se destaca que en la propuesta del Estatuto Orgánico, se observa en lo general lo establecido en el Estatuto del SNA, sin embargo se hacen ajustes omitiendo fundamentación en aspectos importantes y adecuando el actuar del Comité de Participación Ciudadana como parte de la Comisión Ejecutiva, así como las atribuciones del Comité Coordinador, acorde a la Iniciativa de Ley recientemente presentada al pleno, dando por sentado su aprobación.

Derivado de lo anterior, los suscritos solicitamos de la manera más atenta y respetuosa, se tome en consideración lo antes expuesto a efecto de que la votación de los puntos del Orden del día propuesto se ajusten estrictamente a derecho, ya que como se mencionó en líneas anteriores, el Presidente del Comité de Participación Ciudadana, se ha negado reiteradamente a recibir correspondencia por parte de los suscritos, y se encuentra en la negativa de llevar a cabo la primera reunión del Comité de Participación Ciudadana, siendo de gran relevancia realizar la aprobación de la terna para la designación del Secretario Técnico de la Secretaria Ejecutiva en tiempo y forma tal y como lo marca la ley y por mecanismos de concurso abierto.

Sin más por el momento, nos es grato enviarle a cada uno de ustedes, un cordial y afectuoso saludo.

A T E N T A M E N T E

LIC. EVA PENÉLOPE PICAZO HERNÁNDEZ

 

C.P. MARÍA JUANA DAMIANA HERRERA MOTA

 

C.P. ALEJANDRO ENRÍQUEZ HERMIDA