El 27 de mayo de 2015, ante la urgente necesidad de prevenir, detectar y sancionar hechos de corrupción, fue reformado el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que le da nacimiento Constitucional al Sistema Nacional Anticorrupción, como entidad coordinadora de las autoridades de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos, contando además con el elemento ciudadano en la creación del Comité de Participación Ciudadana (CPC), como eje rector del Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción.
De acuerdo con la parte final del artículo 113 Constitucional, establece que las entidades federativas establecerán sistemas locales anticorrupción con el objeto de coordinar a las autoridades locales competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.
La reforma Constitucional da origen en julio de 2016 a la creación de 4 leyes reglamentarias y actualización de 3 más,
La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción publicada en julio de 2016, es de aplicación obligatoria en los tres niveles de gobierno, federal, estatal y municipal, en los tres poderes, ejecutivo, legislativo y judicial y organismos autónomos, así como para todas aquellas figuras en donde se apliquen recursos públicos,
En la Constitución Local del Estado Libre y Soberano de Morelos, para el 11 de agosto de 2015, la LII Legislatura del Congreso del Estado reformó el artículo 134 que establece el Sistema Estatal Anticorrupción, como instancia coordinadora entre las autoridades competentes en la prevención, detección, investigación y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, el cual será conformado y ajustado conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y la normativa aplicable.
El Comité de Participación Ciudadana, establecido en el numeral 134 bis de la Constitución Local, es el órgano ciudadano encargado de la vigilancia de las actuaciones de los servidores públicos de las instancias que integran el Sistema Estatal Anticorrupción, propiciando la participación activa de la sociedad, con la finalidad de fortalecer las acciones encaminadas a la prevención, detección y sanción de actos de corrupción, con facultades y atribuciones reguladas por la normatividad aplicable.
De acuerdo con el segundo párrafo del artículo 134 bis de la Constitución del Estado, los integrantes del CPC, serán designados por una Comisión de Selección mediante un procedimiento análogo al del Sistema Nacional Anticorrupción, con una duración de cinco años.
El 19 de abril de 2017, fue publicada en el periódico oficial Tierra y Libertad la promulgación de la Ley Estatal Anticorrupción del Estado de Morelos, con regulación expresa para el CPC en su capítulo III del artículo 15 al 22.
En el periódico oficial Tierra y Libertad de fecha 27 de abril de 2017, la LIII Legislatura del Congreso del Estado de Morelos, convocó para elegir a nueve ciudadanos mexicanos, de preferencia morelenses, para integrar la Comisión de Selección encargada de designar al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, proceso del que fueron designados nueve ciudadanos destacados y honorables de la sociedad, dejando sin efecto la designación del Comité de Participación Ciudadana de fecha 2 de septiembre de 2015, por haberse llevado a cabo sin sustento jurídico.
Mediante rueda de prensa con medios y redes sociales, en fecha 25 de julio de 2017, la Comisión de Selección anunció la publicación de la convocatoria que estaría abierta del 26 de julio al 25 de agosto de 2017, para que ciudadanos mexicanos morelenses o con residencia de al menos 5 años en el estado, con requisitos de perfil, participaran en el proceso de selección para la integración del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.
Al proceso de selección se inscribieron 50 aspirantes.
El 15 de Septiembre de 2017, el Comité de Selección SEA Morelos da a conocer la lista de los 16 aspirantes que pasarían a la fase final del proceso de selección consistente en una audiencia pública transmitida en vivo.
Con fecha 27 de septiembre de 2018, la Comisión de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Morelos realiza la deliberación pública para designar a los (as) cinco integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Estado de Morelos y otorgando las Constancias respectivas como sigue:
- Roberto Coránguez Esquivel – Designación por un año. Presidente del Comité de Participación Ciudadana.
- Eva Penelope Picazo Hernández – Designación por dos años.
- Edgar López Betanzos – Designación por tres años.
- María Juana Damiana Herrera Mota – Designación por 4 años.
- Alejandro Enríquez Hermida – Designación por 5 años.
La entrega de nombramientos y la toma de protesta se llevó a cabo el día 2 de mayo de 2019, en el H. Congreso del Estado de Morelos.